El BOE del 26 de septiembre ha publicado la Primera Convocatoria de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con energía de biomasa, eólica y solar fotovoltaica en la Comunidad de Madrid con Fondos comunitarios FEDER (BOE num 256)
Actuaciones subvencionables
Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable, pudiendo incluir actuaciones de inversión que mejoren la gestión y optimicen la producción, permitiendo el uso de autoconsumo y la incorporación de la energía a mercados locales, incluidos en los siguientes tipos de instalaciones vinculados con energías renovables situadas en la Comunidad Autónoma de Madrid.


Características de las ayudas
·Subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario que así lo solicite mediante un anticipo del 80% de la ayuda otorgada (anticipo FEDER), al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.
·El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva, conforme al artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de acuerdo con los criterios de admisión, evaluación y selección establecidos en las bases y en la convocatoria.
·La concurrencia competitiva se establece como un procedimiento de licitación no discriminatoria, que vela por la participación de un número suficiente de empresas y cuya concesión de ayudas se basa en la oferta presentada por el solicitante de la ayuda en la que se valoran requisitos administrativos, económicos y técnicos.
·Las ayudas reguladas en esta convocatoria son incompatibles con otras ayudas que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
·El presupuesto subvencionable máximo será de 50.000.000 euros por proyecto.
·La ayuda total concedida, expresado en €, no podrá superar el límite de 15 millones de euros por empresa por proyecto por empresa por proyecto.
Evaluación de las solicitudes
Las solicitudes se evaluarán conforme a la baremación establecida en el Anexo I de la convocatoria. Se asignará a cada solicitud una puntuación entre 0 y 100. Los criterios de evaluación son:
·Criterio económico.
·Viabilidad administrativa.
·Externalidades Positivas: Técnico-económico.
·Externalidades Positivas: Organizativo.
·Externalidades Positivas: Social-ambiental.
·Externalidades Positivas: Industrial y empresarial.
Dotación presupuestaria: 3.048.771 euros
Plazo de presentación: 28/09/2020 al 14/12/2020 a las 12:00 horas
Plazo de realización de actuaciones:
·Las actuaciones no podrán iniciarse antes de la fecha de registro de la solicitud de la ayuda por parte del beneficiario.
·Deben estar completamente finalizadas antes del 30 de junio de 2023.
· La justificación de los gastos financiables deberá finalizar antes del 30 de septiembre de 2023.
Tramitación telemática y más información en: