8 de junio de 2018

Aprobación modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades

Se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

El BOE del pasado 2 de mayo publicó la Orden HFP/441/2018, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica, y por la que se modifica el modelo 222 «Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado» aprobado por la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo.

Los nuevos modelos básicamente incorporan a las declaraciones las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 3/2016, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y otras medidas urgentes en materia social, muchas de las cuales se aprobaron con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2017.

En la norma anterior se introdujo un régimen de exención a los efectos de descartar la incorporación de cualquier renta, positiva o negativa, generada por la tenencia de participaciones en otras entidades.

Al igual que en ejercicios anteriores, se publican en esta orden los formularios previstos para suministrar información en relación con determinadas deducciones y correcciones a la cuenta de pérdidas y ganancias de importe igual o superior a 50.000 euros (Anexo III) y la memoria anual de actividades y proyectos ejecutados e investigadores afectados por bonificaciones a la Seguridad Social (Anexo IV).

Estos formularios, que se encuentran alojados en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a los que puede accederse con un enlace desde el programa de ayuda PADIS en los supuestos en los que proceda su cumplimentación, no sufren variación.

Finalmente, en la disposición final primera de la orden se modifica el modelo 222 (pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades en régimen de Consolidación fiscal) para unificar y coordinar la información incorporada en ese modelo con la del modelo 220 «Impuesto sobre Sociedades. Régimen de consolidación fiscal. Pago fraccionado».

Aprovechamos para recordarles que el modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades se presentará en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo, esto es, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural, entre el 1 y el 25 de julio de 2018.

Los contribuyentes cuyo plazo de declaración se hubiera iniciado con anterioridad al 3 de mayo de 2018, deberán presentar la declaración dentro de los 25 días naturales siguientes a la entrada en vigor de esta orden, salvo que hubieran optado por presentar la declaración utilizando los modelos del ejercicio 2016, en cuyo caso el plazo de presentación será el señalado en el párrafo anterior (25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo).

Puede acceder a la citada norma a través del siguiente enlace: Orden HFP/441/2018