El BOCM del dia 23 de octubre publica el Acuerdo de 14 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en Pymes de la Comunidad de Madrid.
Serán susceptibles de subvención la implantación en centros de trabajo de la Comunidad de Madrid de los siguientes sistemas de gestión para toda la actividad del emplazamiento:
a) Sistema de gestión de Calidad certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 9001,
b) Sistema de gestión ambiental certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 14001,
c) Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS)
d) Sistema de gestión Energética certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 50001,
e) Sistema de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo certificado conforme a la norma ISO-45001.
f) Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de aviación, espaciales y de defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9100.
g) Sistema de gestión de la Calidad. Requisitos para las organizaciones de mantenimiento de la industria aeronáutica certificado conforme a la norma UNE-EN 9110.
h) Sistema de gestión de la Calidad. Material aeroespacial. Requisitos para los distribuidores de aviación, espacio y defensa certificado conforme a la norma UNE-EN 9120.
i) Sistema de gestión de la calidad. Requisitos del sistema de gestión de la calidad para organizaciones ferroviarias: ISO 9001:2015 y requisitos particulares de aplicación en el sector ferroviario certificado conforme a la norma UNE-ISO/TS 22163.
j) Aplicaciones ferroviarias. Soldeo de vehículos y de componentes ferroviarios. Parte 2: Requisitos de calidad y certificación del fabricante de soldeo certificado conforme a la norma UNE-EN 15085-2.
k) Sistema de gestión minero-mineralúrgica-metalúrgica sostenible certificado conforme a la norma UNE 22480.
l) Sistema de gestión de la seguridad de la información certificado conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 27001
m) Sistema de gestión de la inocuidad de los alimentos. Requisitos para cualquier organización en la cadena alimentaria certificado conforme a la norma UNE-EN ISO 22000
Serán subvencionables los costes de las siguientes actuaciones:
a) Los derivados de la contratación de asesoramiento externo para la implantación del sistema de gestión.
b) Los originados como consecuencia de la realización de la auditoría previa a la implantación del sistema de gestión.
c) Los realizados para la implantación del sistema de gestión, incluyendo formación, equipos de medida, etc.
d) Los asociados a la certificación de la norma correspondiente por una entidad externa acreditada
Beneficiarios:
· Podrán acogerse a las ayudas las Pymes que dispongan al menos de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid
· Únicamente podrán acogerse a la línea de subvenciones ISO 9001, ISO 14001, EMAS, ISO/IEC 27001 e ISO 22000, las empresas que desarrollen alguna de las siguientes actividades clasificadas en el CNAE-2009:
a) Sección B completa (industrias extractivas).
b) Sección C completa (industrias manufactureras).
c) Sección D completa (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado).
d) Sección G, División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor) y División 45.4 (mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios).
e) Sección H, División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte), excepto la Clase 52.24 (manipulación de mercancías).
f) Sección M, Divisiones 71 y 72 (servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo).
· Únicamente podrán acogerse a las subvenciones de ISO 5001, las Pymes que llevan trabajos en minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera, asi como todas aquellas que impliquen empleo de explosivos
· NO podrán beneficiarse de las ayudas a ISO 50001, las Pymes industriales cuya Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) se encuentre dentro de las siguientes divisiones: de 07 a 11; de 13 a 33 y de 35 a 39.
Periodo de realización de la inversión subvencionable:
Serán subvencionables las actuaciones realizadas en el periodo comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud en el registro y hasta 12 meses a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución de concesión, con el límite del 31 de octubre de 2023, salvo que la notificación de la resolución de concesión tenga lugar después del 31 de julio de 2023, en cuyo caso el límite será de tres meses a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la resolución de concesión.
A tal efecto, las fechas de las facturas y de los pagos realizados deberán estar comprendidas dentro de este periodo.
Las ayudas de este programa consistirán en subvenciones concedidas mediante el procedimiento de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables. La cuantía de la ayuda concedida será del 30 % de la inversión subvencionable.
El límite máximo de la ayuda será de 10.000€ por sistema de gestión y 10.000€ por beneficiario y año natural.Plazo de solicitud: 24/10/2020 al 30/04/2023