2 de agosto de 2018

Calendario de Impuestos del mes de agosto

La presente Circular tiene como objeto informarle de las principales obligaciones de carácter tributario que, con carácter general, pudieran afectarle, relativas al mes de agosto.

PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS

Los plazos de pago en periodo voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, son los siguientes:

  • Liquidaciones que se hayan notificado entre los días 16 y 30 de junio, se podrán ingresar hasta el 6 de agosto (el día 5 es domingo).
  • Liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de julio, se podrán ingresar hasta el 20 de agosto.
  • Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 31 de julio, se podrán ingresar hasta el 5 de septiembre.

 

I.R.P.F. Y SOCIEDADES.

Retenciones e ingresos a cuenta de grandes empresas.

El plazo para que las empresas con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros durante el año 2017 realicen la declaración e ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta efectuadas en el mes de julio, finaliza el 20 de agosto.

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Las sociedades deberán presentar su autoliquidación por el Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

I.V.A.

  • El 30 de agosto finaliza el plazo para que las entidades que apliquen el sistema de Suministro Inmediato de Información presenten su declaración mensual correspondiente al mes de julio.
  • Durante todo el mes de agosto y hasta el 20 de septiembre transcurre el plazo para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondientes a julio y agosto. El modelo de declaración es el 349.