La presente circular tiene por objeto informarle de las principales obligaciones de carácter tributario, correspondientes al mes de mayo.
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS
Los plazos de pago en periodo voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, son los siguientes:
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- Liquidaciones que se hayan notificado entre los días 16 y 31 de marzo, se podrán ingresar hasta el 7 de mayo (el día 5 es sábado).
- Liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de abril, se podrán ingresar hasta el 21 de mayo (el día 20 es domingo).
- Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 30 de abril, se podrán ingresar hasta el 5 de junio.
PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES
– RENTA Y SOCIEDADES.
Retenciones e ingresos a cuenta de grandes empresas.
Las empresas con volumen de ventas superior a 6.010.121,04 euros durante el año 2017 deberán presentar declaración por las retenciones e ingresos a cuenta efectuados durante el mes de abril, teniendo como fecha límite el 21 de mayo.
– DECLARACIÓN ANUAL DEL I.R.P.F. CORRESPONDIENTE AL AÑO 2017.
Tal y como le informamos en la circular Fiscal Nº 8 (5.4.2018), le recordamos que los contribuyentes que tengan que presentar declaración por el I.R.P.F. podrán hacerlo hasta el 2 de julio de 2018, inclusive.
Cuando el resultado sea a ingresar y se domicilie el pago en cuenta, el plazo finalizará el 27 de junio.
–SOCIEDADES.
Las sociedades presentarán su autoliquidación por el Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
– I.V.A.
El 21 de mayo finaliza el plazo durante el cual deberá presentarse la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias correspondiente al mes de abril (modelo 349).
El 30 de mayo finaliza el plazo para que las entidades que apliquen el sistema de Suministro Inmediato de Información presenten su declaración mensual correspondiente al mes de abril (Modelo 303).
– TRIBUTOS LOCALES (AYUNTAMIENTO DE MADRID)
Le recordamos que el 31 de mayo finaliza el plazo de pago en periodo voluntario del Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (Impuesto de circulación) y de la Tasa por paso de vehículos.