La presente Circular tiene como objeto informarle de las principales obligaciones de carácter tributario que, con carácter general, pudieran afectarle, relativas al mes de noviembre.
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS.
Los plazos de pago en periodo voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, son los siguientes:
- Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 30 de septiembre, se podrán ingresar hasta el 5 de noviembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de octubre, se podrán ingresar hasta el 20 de noviembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 31 de octubre, se podrán ingresar hasta el 5 de diciembre.
PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES Y PAGO DE IMPUESTOS.
– RENTA Y SOCIEDADES.
- Declaración anual del I.R.P.F. 2017: El día 5 de noviembre termina el plazo para efectuar el segundo pago de la cuota resultante de la autoliquidación del I.R.P.F. correspondiente al ejercicio 2017, si el contribuyente optó por fraccionar dicho pago.
- Declaración del Impuesto sobre Sociedades: Las sociedades presentarán su autoliquidación por el Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
- Retenciones e ingresos a cuenta de grandes empresas: El día 20 de noviembre termina el plazo para presentar la declaración e ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta, efectuados durante el mes de octubre de 2018, por empresas con un volumen de ventas superior a 6.010.121,04 euros durante el pasado año 2017.
– IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.
Entre los días 1 y 20 de noviembre transcurre el plazo durante el cual se deberá presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondiente al mes de octubre. El modelo de declaración es el 349.
Asimismo, el 30 de noviembre finaliza el plazo para que:
- Las entidades que apliquen el sistema de Suministro Inmediato de Información presenten su declaración mensual, correspondiente al mes de octubre.
- Se solicite la inscripción o baja en el Registro de devolución mensual del I.V.A.
- Se solicite la aplicación del régimen de deducción común para sectores diferenciados.
- Se ejerza la opción o renuncia por la llevanza electrónica de los libros registro.
- Se comunique la opción o renuncia por la facturación por los destinatarios de las operaciones o terceros.
– OTROS IMPUESTOS.
Tal y como le informamos en circulares anteriores, el día 20 de noviembre termina el plazo de ingreso en periodo voluntario, de las cuotas nacionales o provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas correspondiente al ejercicio 2018.
Asimismo, durante todo el mes de noviembre transcurre el plazo en el Municipio de Madrid para realizar el pago, en periodo voluntario, de:
- Impuesto sobre actividades económicas.
- Impuesto sobre bienes inmuebles.
- Tasa por ocupación del vuelo, suelo y subsuelo.
- Tasa por prestación del servicio de gestión de residuos urbanos de actividades.