La presente Circular tiene como objeto informarle de las principales obligaciones de carácter tributario que, con carácter general, pudieran afectarle, relativas al mes de septiembre.
PERIODO VOLUNTARIO DE PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS.
Los plazos de pago en periodo voluntario de las deudas tributarias resultantes de liquidaciones practicadas por la Administración, son los siguientes:
- Liquidaciones que se hayan notificado entre los días 16 y 31 de julio, se podrán ingresar hasta el 5 de septiembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de agosto, se podrán ingresar hasta el 20 de septiembre.
- Liquidaciones notificadas entre los días 16 y 31 de agosto, se podrán ingresar hasta el 5 de octubre.
I.R.P.F. Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de grandes empresas.
El 20 de septiembre finaliza el plazo para que las empresas con un volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 euros durante el año 2017 presenten la declaración e ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta efectuadas en el mes de agosto.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
Las sociedades deberán presentar su autoliquidación por el Impuesto sobre Sociedades en el plazo de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
I.V.A.
El 20 de septiembre finaliza el plazo para presentar la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, correspondientes a julio y agosto. El modelo de declaración es el 349.
Le recordamos que las entidades que apliquen el sistema de Suministro Inmediato de Información tendrán de plazo para presentar su declaración mensual, correspondiente al mes de agosto, durante todo el mes de septiembre y hasta el 1 de octubre.
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
Le recordamos que el plazo de ingreso en periodo voluntario de las cuotas provinciales y nacionales del Impuesto sobre Actividades Económicas, correspondientes al año 2018, se iniciará el próximo 17 de septiembre y finalizará el 20 de noviembre de 2018, ambos inclusive.