20 de agosto de 2020

Comienzo Moves II: Adquisición de Vehículos de Energías Alternativas

Será subvencionable la adquisición directa o por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting de vehículos nuevos, matriculados por primera vez en España a nombre del destinatario último de la ayuda, salvo en los casos de renting, en los que podrá ser matriculado a nombre de la empresa

También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1 y N1 con hasta nueve meses de antigüedad cuya titularidad debe ostentar el concesionario, punto de venta o fabricante/importador.

Los vehículos deberán pertenecer a alguna de las categorías siguientes: Turismos M1 – Autobuses o autocares M2 – Autobuses o autocares M3 – Furgonetas o camiones ligeros N1 – Furgones o camiones ligeros N2 – Furgones o camiones N3 – Cuadriciclos ligeros L6e – Cuadriciclos pesados L7e – Motocicletas L3e, L4e, L5e., de los siguientes tipos:

·         Vehículos pesados con motores de combustión interna que pueden utilizar combustibles fósiles alternativos (AutoGas/ Gas Natural)

·         Vehículos eléctricos puros (BEV)

·         Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV)

·         Vehículos híbridos enchufables ( PHEV)

·         Vehículos eléctricos de célula de combustible (FCHV)

·         Vehículos de categoría L Propulsados exclusivamente por motores eléctricos

Plazo de presentación de solicitudes a partir del 20 de agosto de 2020