Las repercusiones económicas de las medidas de confinamiento que se han adoptado en España dejando tan solo activas las actividades que suponen servicios esenciales determinados por Ley, han supuesto un gran impacto para miles de empresarios y autónomos que ven muy difícil sobrevivir sin la obtención de ingresos ni ayudas oficiales.
A mayor abundamiento, esto trae consigo una serie de problemas adicionales, como puede ser, la proliferación masiva de incumplimientos contractuales, lo cual se revela como un hecho inevitable y altamente importante que nos lleva a preguntarnos como proceder ante estos casos.
La respuesta a esta cuestión no es simple ni uniforme, todo lo contrario, cada contrato tiene sus propias particularidades. De esta manera el examen de cada contrato es esencial puesto que de haberse prevenido una situación como la presente este prevalecerá en todo caso. Del mismo modo, del contrato depende la legislación aplicable, lo que es clave, puesto que no todos los Estados tratan de la misma manera la incidencia que sucesos como el presente tienen en las obligaciones contractuales.
Ante esta situación, es probable que un buen número de empresas, clientes y proveedores invoquen la causa de fuerza mayor y la doctrina rebus sic stantibus con el fin de renegociar sus deudas y las condiciones de sus contratos, especialmente las económicas, así como para instar la suspensión o resolución de los mismos.
En este contexto, desde AECIM se propone, entre otras, las siguientes actuaciones en materia mercantil, tanto para velar por el cumplimiento como para valorar los posibles incumplimientos por circunstancias extraordinarias sobrevenidas:
· Asesoramiento en las negociaciones de contratos en curso y análisis de las relaciones contractuales vigentes, tanto con clientes como con proveedores que pudieran verse afectadas por esta situación. lo más recomendable, será revisar el contrato en cuestión, con objeto de comprobar la existencia de posibles remedios contractuales ante situaciones de fuerza mayor o asimiladas y, en su defecto, llevar a cabo una correcta incorporando todas aquellas cláusulas que nos permitan gozar de una plena seguridad jurídica ante cualquier conflicto que pueda presentarse como consecuencia de la situación que vivimos hoy en día.
· Análisis de los contratos de suministro o aquéllos en los que exista una fecha determinada para llevar a cabo la prestación.
· Confección de un archivo por cada relación contractual en el que dejemos constancia de nuestras actuaciones en esta materia asegurando de este modo la actividad probatoria en un eventual litigio.
· Asistencia letrada durante la tramitación íntegra del procedimiento judicial o arbitral, en su caso.
Por consiguiente, en el contexto actual, se hace necesario analizar cada situación y cada problema concreto que se vayan planteando, a fin de adoptar las medidas legales más convenientes y pensando no sólo en los efectos a corto plazo, sino también en un medio y largo plazo.
Del correcto análisis de cada situación, y de la adopción de las medidas adecuadas en cada caso, dependerá en gran medida el éxito de la gestión de las empresas durante los próximos meses y años.
Para los nuevos contratos que se puedan llegar a suscribir tras esta situación, la herramienta clave será una buena redacción, con las peculiaridades y personalización, necesarias en cada negocio y una correcta negociación de un nuevo clausulado que permita protegernos ante este tipo de situaciones totalmente sobrevenidas.