Les adjuntamos información sobre la modificación de la regulación del Sistema RED (Remisión electrónica de datos gestionados por la Tesorería General de la Seguridad Social) para el intercambio de datos o documentos, así como para la comunicación de actuaciones administrativas en materias ya incluidas en el mismo con anterioridad.
Está obligados a su incorporación al Sistema RED:
Los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar encuadrados en el RETA y en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores del mar como trabajadores por cuenta propia clasificados, a efectos de cotización, en el grupo primero de la Ley 47/2015 art. 10.
Los trabajadores autónomos citados, que a fecha 01/04/2018 figuren en alta en el régimen correspondiente y no estuvieran incorporados en el Sistema RED, deben proceder a su incorporación al mismo dentro del plazo de 6 meses siguientes.
Dicha incorporación al Sistema RED determina la inclusión obligatoria de esos trabajadores en el sistema de notificación electrónica mediante su comparecencia en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS).
Adjuntamos link con las Órdenes Ministeriales ESS/484/2013 y ESS/214/2018, BOE 06-03-18.