15 de marzo de 2018

Indemnización diaria por enfermedad o accidente (Autónomos)

Desde el Departamento de Seguros le invitamos a reflexionar sobre la desprotección en la que te encuentras siendo autónomo frente a las insuficientes prestaciones de la Seguridad Sociales y a que las complementes con el seguro que hemos negociado para ti, cumpliendo así el compromiso adquirido por parte de AECIM de ofrecer a nuestros asociados los mejores acuerdos, con productos en ventajosas condiciones económicas y coberturas exclusivas.

 

  • Cobrará de forma inmediata, a diferencia de otras pólizas que indemnizan cuando acaba la baja.
  • Cobertura sin franquicia, desde el momento en que comience su dolencia o sufra el accidente.
  • Recibirá su subsidio aun pudiendo trabajar. Otros seguros sólo indemnizan si está impedido. Su condición de autónomo no le permite descuidar su negocio, por lo que nuestro seguro le indemniza de forma inmediata los días pactados en función a un baremo según la dolencia, aunque esté de nuevo trabajando o se recuperes antes de lo previsto.

 

Más información en seguros@aecim.org o teléfono 91 561 03 30. Ver más >>