11 de octubre de 2018

Jurisprudencia del Tribunal Supremo exención del IRPF en las prestaciones por maternidad

Les informamos sobre la última Jurisprudencia de la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo en relación a la interpretación sobre la exención o no de la tributación de las prestaciones percibidas por maternidad del INSS.

La Administración ha venido entendiendo que dichas prestaciones satisfechas por el INSS no estaban exentas, habiendo aceptado solamente las prestaciones por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o entidades locales, quedando sujetas y no exentas las percibidas del INSS, al entenderse no recogidas en el art. 7 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).

De forma contraria esta Sentencia interpreta de forma sistemática la Ley General de la Seguridad Social, señalando que la prestación por maternidad es el subsidio que gestiona la Seguridad Social que trata de compensar la pérdida de ingresos del trabajador que se produce en las situaciones de nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento, quedando el contrato de trabajo durante ese periodo en suspenso, al interrumpirse la actividad laboral.

Por lo que la prestación por maternidad entiende que puede encuadrarse en el supuesto señalado en el art. 7.h párrafo tercero de la LIRPF, y por tanto quedar exentas del IRPF.

Adjuntamos link con la información de la mencionada STS de fecha 3 de Octubre de 2018 Recurso 4483/2017.