La crisis sanitaria que venimos padeciendo ha supuesto un desafío importantísimo para las empresas, que han tenido que adaptarse a contrarreloj a las restricciones sanitarias impuestas para controlar la pandemia, modificando, si no variando por completo, sus sistemas productivos, y el modo y manera de prestar sus servicios.
En momentos de confusión e inseguridad en los que ser proactivos se convierte, por una parte, en una necesidad y, por otra parte, denota una actitud responsable de las empresas, no debe perderse de vista la importancia de proteger lo más importante, su empresa y su negocio.
Ø GESTION ANTICIPADA DE CONFLICTOS CONTRACTUALES.-
Asesoramiento legal orientado a mitigar el impacto del COVID-19 en las relaciones contractuales vigentes:
· Detección temprana y análisis de la casuística de reclamaciones.
· Valoración de las consecuencias y posibles vías de actuación ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales propias o ajenas.
· Planificación de la estrategia de actuación atendiendo al particular sector y marco contractual y legal vigente: renegociación o reequilibrio de prestaciones, resolución contractual, desistimiento, e indemnización.
· Asesoramiento jurídico durante la fase de negociación acordada.
· Redacción/elaboración de anexos a los contratos vigentes o bien de los correspondientes acuerdos extrajudiciales.
· Asistencia letrada durante la tramitación íntegra del procedimiento judicial en caso de fracaso de la negociación extrajudicial.
Ø ACTUACIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO/ INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.-
Las pérdidas que están sufriendo las empresas y autónomos, conducirán a un incremento de la morosidad a corto y a medio plazo.
La situación llevará a muchos de ellos a tener que incumplir sus obligaciones de pago de manera que el problema de la morosidad en su negocio, es algo que podrá afectar gravemente a su economía, perjudicándole aún más ante la grave situación.
No obstante, ahora más que nunca, ante el incremento de facturas impagadas o contratos incumplidos, será el momento de hacer una RECLAMACIÓN FORMAL DE LA DEUDA Y EXIGIR EL PAGO O CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL.
Es previsible, asimismo, el inicio de procedimientos judiciales por parte de las compañías frente a sus proveedores en los que se solicite la modificación de las condiciones contractuales, cuando las partes no hayan renegociado las condiciones contractuales pactadas y llegado a un acuerdo previo para su modificación.
Salvo las excepciones (como la moratoria de deudas hipotecarias para la adquisición de la vivienda habitual recogida en el RDL 8/2020 indicadas) no hay ninguna medida a nivel legal que exonere a las partes de cumplir los contratos que ha suscrito o que permita posponer su cumplimiento a una fecha posterior a la prevista en el contrato (pacta sunt servanda). Tampoco está regulado medio alguno que permita a las empresas cancelar los pedidos efectuados o los compromisos ya adquiridos con terceros (como el pago del alquiler o de mercancías).
De esta forma, dada la situación generalizada, lo más adecuado es renegociar de buena fe las condiciones del contrato (cantidad, precio, aplazamientos).
Ante esta situación, es probable que un buen número de empresas, clientes y proveedores invoquen la causa de fuerza mayor y la doctrina rebus sic stantibus con el fin de renegociar sus deudas y las condiciones de sus contratos, especialmente las económicas, así como para instar la suspensión o resolución de los mismos.
En este contexto, el Departamento propone, entre otras, las siguientes actuaciones en materia mercantil, tanto para velar por el cumplimiento como para valorar los posibles incumplimientos por circunstancias extraordinarias sobrevenidas:
· Asesoramiento en las negociaciones de contratos en curso y análisis de las relaciones contractuales vigentes, tanto con clientes como con proveedores que pudieran verse afectadas por esta situación. lo más recomendable, será revisar el contrato en cuestión, con objeto de comprobar la existencia de posibles remedios contractuales ante situaciones de fuerza mayor o asimiladas y, en su defecto, llevar a cabo una correcta incorporando todas aquellas cláusulas que nos permitan gozar de una plena seguridad jurídica ante cualquier conflicto que pueda presentarse como consecuencia de la situación que vivimos hoy en día.
· Análisis de los contratos de suministro o aquéllos en los que exista una fecha determinada para llevar a cabo la prestación.
· Confección de un archivo por cada relación contractual en el que dejemos constancia de nuestras actuaciones en esta materia asegurando de este modo la actividad probatoria en un eventual litigio.
· Asistencia letrada durante la tramitación íntegra del procedimiento judicial o arbitral, en su caso.
Por consiguiente, en el contexto actual, se hace necesario analizar cada situación y cada problema concreto que se vayan planteando, a fin de adoptar las medidas legales más convenientes y pensando no sólo en los efectos a corto plazo, sino también en un medio y largo plazo.
Del correcto análisis de cada situación, y de la adopción de las medidas adecuadas en cada caso, dependerá en gran medida el éxito de la gestión de las empresas durante los próximos meses y años.
Para los nuevos contratos que se puedan llegar a suscribir tras esta situación, la herramienta clave será una buena redacción, con las peculiaridades y personalización, necesarias en cada negocio y una correcta negociación de un nuevo clausulado que permita protegernos ante este tipo de situaciones totalmente sobrevenidas.
Ø OPERACIONES DE REESTRUCTURACION EMPRESARIAL.-
Por último, una situación como la actual puede ser el momento adecuado para plantearse las diferentes alternativas para reducir el riesgo en cuanto a pérdidas económicas y en definitiva para salvar su empresa.
Muchas veces y pese a los constantes esfuerzos que todos los involucrados hacen, no queda más opción que reestructurar la empresa, disminuir operaciones, cerrar líneas de negocio para mantener viva la empresa. En este sentido, nuestro Departamento pone a su disposición el servicio de asesoramiento mercantil y fiscal en dichas operaciones.
· Reestructuración empresarial.- El objeto de la reestructuración puede ser variado, pero en estos momentos de crisis, podemos sugerir dos: separar líneas de producción o de negocio y separar activos de actividad. En ambos casos la finalidad es reducir el riesgo de la actividad.
· Operaciones de sucesión de empresa familiar.- Aunque el resultado de este ejercicio pueda ser negativo, el valor de su empresa se encuentra en su potencial para recuperar una senda positiva o en su posición estratégica. Si su empresa es familiar y rentable, uno de sus retos será subsistir más allá de la primera generación. Este puede ser un buen momento para abordar esta transición y suscribir un protocolo familiar.