El uso del Cromo VI tiene una fecha límite 21 de Septiembre de 2017 establecido por la Agencia Europea (ECHA) debido a sus restricciones de uso por REACH.
No obstante un consorcio de fabricantes, importadores y distribuidores de productos de trióxido de cromo (Consorcio CTAC Sub) ha presentado nuevos estudios de seguridad e impacto socio-económico a la ECHA proponiendo una nueva revisión, de los periodos de uso. En base a esta nueva documentación, los comités correspondientes de la Agencia Europea de sustancias y Mezclas Químicas de ECHA aprobaron hace poco los borradores de sus recomendaciones relativas a los plazos de ampliación relativas a la autorización REACH del uso de trióxido de cromo.
La comisión está trabajando activamente en los proyectos de Decisiones de autorización, que deberán ser acordados con los Estados miembros de la UE. Dado que no se establece un plazo legal para que la Comisión emita sus Decisiones definitivas, y dada la experiencia previa en otros expedientes de autorización, es posible que las Decisiones de autorización no puedan ser emitidas antes de la Fecha de Expiración del 21 de septiembre de 2017.
No obstante, en caso de retraso, Art. 58(1)(ii), REACH dispone que los usuarios intermedios suministrados directa o indirectamente por los solicitantes de autorización (Consorcio CTAC Sub: Lansex, Enthone, Elementis, Cromital, Bondex Trading, Aviall Services y Ato) podrán continuar con sus usos más allá de la Fecha de Expiración hasta que la Comisión haya decidido sobre las autorizaciones. Tengan en cuenta, sin embargo, que este uso continuado sólo está permitido en la medida en que los usos estén dentro del ámbito de aplicación de la autorización solicitada. Por lo tanto, se recomienda a los usuarios intermedios que examinen detenidamente el alcance de las solicitudes de autorización en la página web de la ECHA.
En los borradores que se manejan se recomiendan los siguientes periodos de revisión o verificación entre otros :
USO | Periodos de revisión propuesto por los solicitantes: | Periodos de revisión recomendados por RAC/SEAC* | |
Desde la fecha límite (21/09/2017) | |||
1 | Formulación de mezclas | 12 años + | 7 años |
2 | Cromo duro | 12 años | 7 años |
3 | Cromo decorativo | 7 años | 4 años |
3b | Mordentado de plástico | 7 años | 4 años |
4 | Tratamiento superficie para industria aeronáutica y aeroespacial, no relacionado como el cromo decorativo o cromo duro | 12 años | 7 años |
5 | Tratamiento superficies para industria arquitectónica, automoción, manufacturación y acabado de metales e ingeniería en general | 7 años | 4 años |
*RAC: Comité de Evaluación de Riesgos
SEAC: Comité de Análisis Socio-Económico
Desde el Departamento de Medio Ambiente, Energía y Calidad les mantendremos informados oportunamente del desarrollo de este posible marco de ampliación de los plazos, y nos ponemos a su disposición para aclarar cualquier duda relacionada con REACH.