13 de junio de 2022

Ayudas para impulsar la innovación abierta a través de la iniciativa «Activa Startups»

Los beneficiarios son las empresas que tengan la condición de startup o la condición de pyme, siempre que en el proyecto participe un startup.

El BOE ha publicado el Extracto de la Resolución del 6 de junio de 2022, de la Fundación EOI, F.S.P. por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la innovación abierta de la iniciativa «Activa Startups»

La finalidad de estas ayudas es favorecer la innovación de pymes y startups, impulsando su digitalización y la participación en proyectos colaborativos.

La iniciativa «Activa Startups» cuenta con una inversión prevista de 44 millones de euros procedentes del fondo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia hasta 2023.

La primera convocatoria, publicada el 8 de abril de 2022, ofreció un 1.200.000€, y esta segunda cuenta con 3.400.000€

La intensidad de la ayuda concedida será del 100% del importe bruto de los costes subvencionables del proyecto, hasta el máximo establecido de 40.000€ por la empresa beneficiaria. Las ayudas económicas son en forma de subvención y el procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.

Los tipos de proyectos subvencionables son:

  • Proyectos para la generación de innovación a través de la resolución de retos tecnológicos de empresas, sectores, ciudades y/o misiones que sirvan para romper brechas sociales, generacionales y territoriales
  • Actuaciones de asesoramiento en materia de innovación en el ámbito tecnológico, con el objetivo de dar respuesta a retos planteados en empresas que buscan la innovación abierta mediante soluciones basadas en tecnologías disruptivas
  • Actuaciones encaminadas a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes
  • Actuaciones de demostración, adaptación y personalización de diversas tecnologías, pruebas y experimentación con tecnologías digitales, transferencia de conocimientos y tecnología, test de validación, pruebas de concepto, producción de prototipos, etc.

Los costes subvencionables son:

a) Costes directos de ejecución

  • Costes de personal
  • Costes de instrumental y material inventariable
  • Costes de material y productos similares
  • Alquiler de instalaciones o edificaciones
  • Contratación de servicios de asesoramiento
  • Informe realizado por un auditor

b) Costes indirectos

  • Aquellos que no pueden vincularse directamente con una actividad específica. Por ejemplo, gastos de teléfono, agua o electricidad. Se calcularán a un tipo fijo del 15% de los costes directos de personal subvencionables

Estas ayudas funcionan por convenios entre MINCOTUR y las distintas Comunidades Autónomas, según el peso de las pymes y de su tejido industrial. La convocatoria de la Comunidad de Madrid se prevé para octubre, y el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la publicación de la convocatoria.

Fuentes:

  • Extracto de la Resolución de 6 de junio de 2022 (link)
  • Orden ITC/1426/2021, de 14 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas (link)
  • EOI (link)

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