La presente Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno tiene un triple alcance: incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública –que se articula a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas–, reconoce y garantiza el acceso a la información –regulado como un derecho de amplio ámbito subjetivo y objetivo– y establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento –lo que se convierte en una exigencia de responsabilidad para todos los que desarrollan actividades de relevancia pública–.La Ley amplía y refuerza las obligaciones de publicidad activa en distintos ámbitos. En materia de información institucional, organizativa y de planificación exige a los sujetos comprendidos en su ámbito de aplicación la publicación de información relativa a las funciones que desarrollan, la normativa que les resulta de aplicación y su estructura organizativa, además de sus instrumentos de planificación y la evaluación de su grado de cumplimiento.
En materia de información de relevancia jurídica y que afecte directamente al ámbito de las relaciones entre la Administración y los ciudadanos, la ley contiene un amplio repertorio de documentos que, al ser publicados, proporcionarán una mayor seguridad jurídica. Igualmente, en el ámbito de la información de relevancia económica, presupuestaria y estadística, se establece un amplio catálogo que debe ser accesible y entendible para los ciudadanos, dado su carácter de instrumento óptimo para el control de la gestión y utilización de los recursos públicos. Por último, se establece la obligación de publicar toda la información que con mayor frecuencia sea objeto de una solicitud de acceso, de modo que las obligaciones de transparencia se cohonesten con los intereses de la ciudadanía.
PROCEDIMIENTO DE PUBLICIDAD PARA CONTRATACIÓN DE CAMPAÑAS
DE ACTUACIÓN EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL CONVENIO ENTRE AECIM Y EL IRSST PARA EL AÑO 2019 EN EL MARCO DEL PLAN DIRECTOR DE PRL.
En cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de Noviembre, de Contratos del Sector Público, se procede al anuncio de contratación de varias actuaciones en prevención de riesgos laborales para el ejercicio de 2019, contenidas en el Convenio entre AECIM y el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el trabajo, y enmarcadas dentro del V Plan Director de Prevención de
Riesgos laborales de la Comunidad de Madrid 2018-2020.
Las empresas ofertantes deben tener reconocida capacidad de ejecución y experiencia en el desarrollo de campañas de actuación similares, y deben presentar la correspondiente memoria y presupuesto en el plazo de 10 días, basándose la resolución del mismo en la oferta que en mayor medida se ajuste a las necesidades y objetivos del Plan, atendiéndose tanto a criterios
económicos como técnicos relacionados con la prevención de riesgos laborales y a la oferta más eficiente en los dos aspectos mencionados.
Dichas actuaciones que se publicitan son las siguientes:
VISITAS DE ASESORAMIENTO
B.1.2 Asistencia técnica y asesoramiento sobre la gestión de productos químicos en los procesos de fabricación de productos metálicos en centros de trabajo del metal.
Campaña de asesoramiento a 80 centros de trabajo con la finalidad de analizar la gestión que efectúan respecto a los productos químicos utilizados en las instalaciones, desde su adquisición
hasta su eliminación.
Se utilizará un cuestionario de toma de datos, para recoger información relativa a la totalidad de las fases que comprende la gestión preventiva de productos químicos: adquisición, utilización, almacenamiento y eliminación, teniendo en cuenta las exigencias requeridas en el
Real Decreto 374/2001, de 6 de abril sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
Centrándose principalmente en las obligaciones empresariales para una gestión eficaz en la adquisición, la utilización, el almacenamiento y la eliminación de productos químicos, teniendo en cuenta las directrices dadas en el Real Decreto 374/2001.
Del resultado de las visitas se elaborará un informe de carácter confidencial que se hará llegar a la empresa, que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla.
Se elaborará un tríptico divulgativo del que se editarán y distribuirán 100 unidades entre las empresas del Sector Metal. El excedente de trípticos no entregados en las visitas se distribuirá entre empresas del sector.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuaciónB.4.2 y se hará entrega, además, del material especificado en el punto B.2.1.1, B.2.1.2, B.2.1.3 y B.2.1.4 según la actividad de la empresa y el criterio del Técnico.
Además de las visitas y de la entrega de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Importe límite máximo (IVA incluido): EUROS (18.000 €).
B.1.4 Asistencia técnica para la evaluación los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas en centros de trabajo en el sector metal
La presente actuación tiene como objetivo identificar los riesgos de exposición profesional a este tipo de situaciones de riesgo y facilitar buenas prácticas para prevenir o minimizar los efectos que pueden tener sobre la salud y seguridad de los trabajadores.
Para ello, se elaborará un documento de toma de datos que recoja información sobre las herramientas portátiles generadoras de riesgo por vibración y se realizarán mediciones de la exposición profesional a vibraciones en 80 puestos de trabajo (máximo de dos herramientas
portátiles por centro de trabajo visitado).
Como resultado de esta actuación se elaborará un informe confidencial para la empresa participante que recogerá los datos obtenidos de las mediciones y recomendaciones preventivas orientadas a reducir los riesgos de vibraciones derivados de la utilización de herramientas portátiles.
Se indicará en el informe que tiene carácter de recomendación y que no constituye el conjunto de obligaciones establecidas para la empresa en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa que lo desarrolla.
Se elaborarán dos fichas informativas de las herramientas portátiles más utilizadas en el sector de las que se editarán y distribuirán 150 unidades (75 unidades de cada una) entre las empresas del Sector Metal. El excedente de fichas no entregadas en las visitas se distribuirá
entre empresas del sector.
En cada visita se hará entrega del material mencionado en la actuación B.4.4 y se hará entrega, además, del material especificado en el punto B.2.1.1, B.2.1.2, B.2.1.3 y B.2.1.4 según la actividad de la empresa y el criterio del Técnico. Además de las visitas y de la entrega de material, se elaborará un informe global de actuaciones desarrolladas, que tendrá un apartado para los ítems considerados como más relevantes en la lista de chequeo.
Importe límite máximo (IVA incluido): DIECIOCHO MIL EUROS (18.000 €)
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA: GUÍAS
Como complemento a las visitas, en función del tipo de actividad de la empresa, se hará entrega, dentro de la siguiente documentación de apoyo, de aquella que sea de interés según los riesgos auditados para la Prevención de Riesgos Laborales, estando destinadas a los trabajadores de los centros de trabajo del sector metal y no siendo ninguna de estas reediciones
de otras guías anteriores.
Estas guías tendrán el formato de folleto (21 x 21 x 23) un mínimo de 16 páginas y se imprimirán 500 unidades de cada una. Su distribución se realizará preferentemente durante las visitas. En todo caso se hará
constar la entrega.
B.2.1.1 Guía informativa sobre los riesgos asociados a la gestión de residuos
producidos en las actividades del sector metal
Recogerá una recopilación de los residuos generados en el sector con mayor interés desde el punto de vista se la seguridad y salud laboral, los riesgos asociados a dichos residuos y a su gestión, así como las medidas preventivas y/o de protección aplicables para su eliminación, o en su defecto, su minimización.
El índice de contenidos es:
1. Residuos generados en las principales actividades del sector metal.
2. El proceso de gestión de residuos en las empresas del sector metal.
3. Riesgos asociados a la gestión de residuos. Medidas preventivas y/o de protección
aplicables.
B.2.1.2 Guía informativa sobre patologías no traumáticas y sobreesfuerzos en el sector del metal
Recogerá y describirá las principales de estas patologías, sus agentes causantes, de manera que sierva de apoyo a la gestión realizada por las empresas para su prevención.
El esquema de contenidos es el siguiente:
1. Conceptos básicos.
2. Principales patologías asociadas a los sobreesfuerzos en las actividades del sector metal:
descripción y causas.
3. Actuaciones dirigidas a la prevención y protección de patologías causadas por sobreesfuerzos.
B.2.1.3 Guía informativa sobre el Recurso Preventivo en las actividades del sector metal
Esta guía pretende servir de ayuda para el cumplimiento, por parte de las empresas, de sus obligaciones en relación con el nombramiento, así como para orientar la actuación de quiénes deban asumir el ejercicio de esas funciones.
La estructura será la siguiente:
1. Introducción. Presencia de recursos preventivos en las empresas del sector.
2. Normativa aplicable.
3. Requisitos, funciones, y responsabilidades de los recursos preventivos.
4. Nociones básicas y orientaciones para el ejercicio de las funciones de recurso preventivo.
B.2.1.4 Guía Informativa sobre riesgos y medidas de prevención y protección en la utilización de carretillas elevadoras
Recogerá medidas preventivas y de protección tendentes a eliminar, o a minimizar, los riesgos derivados tanto de su utilización como de su presencia en el lugar de trabajo.
El esquema de contenidos será el siguiente:
1. Consideraciones generales sobre las carretillas elevadoras.
2. Circulación y trabajos desarrollados con carretillas elevadoras.
3. Riesgos asociados al empleo de carretillas elevadoras. Medidas preventivas y/o de
protección aplicables.
Elaboración contenidos técnicos de las guías 19.200,00 €
Edición y maquetación de las guías 9.600,00 €
Total 28.800,00 €
AECIM es la Asociación de Empresas del Metal de Madrid, organización que representa los intereses del sector del Comercio, la Industria y los Servicios del Metal en la Comunidad de Madrid.
Con el apoyo del
Ayuntamiento de Madrid
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