📅 Se pueden solicitar desde el 12 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2024
Red.es ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la nueva convocatoria de ayudas del programa Kit Digital destinadas a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.
Las ayudas estarán activas a partir del 12 de septiembre del 2023 a través de la sede electrónica de Red.es.
Esta nueva convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables y tiene como objetivo la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de estas entidades.
Los detalles de esta nueva convocatoria se pueden consultar en el BOE, donde se recogen los requisitos para solicitar las ayudas, las obligaciones que contraen los beneficiarios, los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, la justificación, el pago y control de la implantación de las soluciones, entre otras cuestiones importantes.
Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada.
Requisitos
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que tendrá que reflejar la actividad económica que desarrollan a la fecha de solicitud de la ayuda.
- Tener una antigüedad mínima de 6 meses.
Cuantía
- Ayuda para el Segmento I (10 ≤ X*< 50 empleados): 12.000 €
- Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 6.000 €
- Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Procedimiento
- Registrarse en el área privada de Acelera Pyme con el NIF de la entidad y completar el test de autodiagnóstico digital.
- Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital.
- Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
La entidad beneficiaria podrá consultar también en Acelera Pyme el catálogo de agentes digitalizadores.
Novedades
Como novedad en esta convocatoria, las entidades a las que se dirige tendrán que cumplimentar un formulario único independientemente del segmento.
Además, para las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y las sociedades civiles con objeto mercantil que no estén constituidas en escritura pública será necesario que se presente un modelo de representación legal nombrando a un representante legal de los integrantes de la entidad. El modelo que tendrá que cumplimentar está disponible en la convocatoria. Este procedimiento no será necesario para sociedades civiles profesionales.
