14 de noviembre de 2022

Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023

investigadora mirando por un microscopio

Se ha publicado la Orden de Bases Reguladoras de 7 Subprogramas de los 13 contemplados en el Plan Estatal de Investigación

El Ministerio de Ciencia e Innovación ha publicado la Orden de Bases Reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023. La gestión de estas ayudas, cuya convocatoria aún no se ha publicado, la realizará la Agencia Estatal de Investigación. Las ayudas podrán adoptar forma de subvención o de préstamo, según determine la convocatoria. 

El Plan Estatal de Investigación consta de 4 programas y 13 subprogramas, pues bien, estas Bases Reguladoras recogen las características de 3  programas y 7 subprogramas, tal y como se puede ver en el siguiente esquema elaborado por AECIM: 

Las características de estas ayudas son las siguientes: 

💰 Modalidad de la ayuda: las ayudas podrán concederse bajo las modalidades de subvención, préstamo, anticipo reembolsable o una combinación de las mismas.

💹 Intensidad de la ayuda:  Las ayudas podrán financiar hasta el 100% de los gastos financiables, si bien las convocatorias podrán establecer un límite o porcentaje máximo de ayuda para cada tipo de actuación y/o beneficiario.

🏭 Beneficiarios: 

  • Personas físicas
  • Empresas, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado
  • Asociaciones empresariales sectoriales y plataformas tecnológicas y de innovación
  • Centros públicos y privados de I+D+i
  • Universidades privadas
  • Etc.

🔬 Actividad financiable

a) Programa Estatal para Afrontar las Prioridades de Nuestro Entorno.

Subprograma Estatal de Internacionalización.

  • Actividades cuyo fin sea promover y mejorar la participación española en iniciativas europeas tanto en el programa de Horizonte Europa de la Comisión Europea como en otros programas internacionales.

b) Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia:

Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.

  • La generación de conocimiento, tanto el generado con independencia del horizonte temporal y ámbito de aplicación en el que se encuadre, como del orientado a la resolución de problemas concretos o vinculados a las prioridades temáticas asociadas a los desafíos mundiales y a la competitividad industrial de la sociedad.
  • La investigación orientada a la solución de problemas concretos en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) definidos en la Agenda 2030, y de las líneas estratégicas definidas en los respectivos Programas de Actuación Anuales (PAA), y de cooperación entre disciplinas científicas a nivel metodológico, conceptual o teórico, orientados tanto al sector público como a la colaboración público-privada.
  • La generación de sinergias entre grupos de investigación de distintas instituciones con el objetivo la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes.

Subprograma Estatal de Transferencia de Conocimiento.

  • La generación de sinergias entre todos los agentes del sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, con el fin de impulsar el dialogo y la colaboración público-privada.
  • Las actividades que permitan progresar en las primeras etapas del desarrollo pre-competitivo y facilitar la transferencia de conocimiento y explotación de los resultados generados en proyectos de investigación, así como fomentar el espíritu emprendedor e innovador de los equipos de investigación y fortalecer las estrategias y resultados de las instituciones beneficiarias que aceleren la transferencia de conocimiento.
  • La colaboración público-privada mediante el desarrollo de proyectos en una fase de trasferencia de conocimiento cercana a los procesos productivos y al mercado.

Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.

  • El reconocimiento a los centros y las unidades de investigación científica excelentes existentes en España, así como su fortalecimiento mediante la financiación de sus planes estratégicos o programas estratégicos de investigación que permita incrementar las capacidades científicas y estratégicas y de captación de recursos de I+D+i.

Subprograma Estatal de Infraestructuras y Equipamiento Científico-Técnico.

  • La adquisición de equipamiento científico y técnico necesario para la ejecución de proyectos de investigación de calidad, que mejore los resultados e impacto científico, económico y social de los mismos, así como para el propio funcionamiento y mejora de los servicios comunes de investigación, y de las infraestructuras de investigación existentes, priorizándose el equipamiento de última generación que es necesario para la investigación de frontera, así como su uso compartido.

c) Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento.

Subprograma Estatal de Formación.

  • La formación de personal investigador mediante la financiación de contratos laborales para realizar una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación, de desarrollo experimental u otra línea de ayudas, incentivando, así mismo, la movilidad del personal seleccionado.
  • La formación de jóvenes doctores en una etapa intermedia entre la obtención del doctorado y un liderazgo consolidado, financiando los gastos de contratación para realizar actividades de investigación y adquirir experiencia, preferentemente en el seno de equipos de investigación ya consolidados de universidades, centros de investigación u otras infraestructuras de investigación.

Subprograma Estatal de Incorporación.

  • La contratación de personal técnico de apoyo para dar soporte en el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y el rendimiento de actividades especializadas en universidades, organismos públicos de investigación y otras infraestructuras científico técnicas de investigación ubicadas en España.
  • La incorporación de personal investigador español (incluidos aquellos que se encuentren realizando su investigación fuera de España) o extranjero al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, que permita facilitar el desarrollo de su carrera investigadora de forma independiente mediante la financiación de la contratación en universidades y organismos de investigación españoles.
  • El reconocimiento de la capacidad e independencia investigadora de investigadores/as del Sistema de Español de Ciencia, Tecnología e Innovación, mediante la obtención de la acreditación como investigador/a establecido/a R3.
  • La incorporación de personal investigador a empresas, centros tecnológicos, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos con capacidades de I+D+I acreditadas mediante la financiación del contrato y la dedicación del personal de la empresa al proyecto.
  • La incentivación de la estabilización del personal investigador, facilitando su consolidación como investigador/a permanente en instituciones públicas o privadas sin ánimo de lucro del Sistema Español de Ciencia y Tecnología con el fin de fomentar la excelencia científica y la atracción de talento.

d) Impulsar determinados aspectos que contribuyan a la consecución de los objetivos del Plan mediante acciones de dinamización o acciones complementarias relacionadas con las actuaciones anteriores.

💰 Costes financiables

a) Costes directos de ejecución

  • Costes de personal
  • Costes derivados de la formación 
  • Costes de viajes y estancias de movilidad 
  • Costes de inmovilizado material
  • Costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares.
  • Costes de adquisición y/o amortización de inmovilizado intangible, incluyendo programas de ordenador de carácter técnico
  • Costes de solicitud de derechos de propiedad industrial e intelectual
  • Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes
  • Costes de estudios de viabilidad, de diseño detallado, de equipamiento, instrumentación científica avanzada, componentes de elevado contenido tecnológico o proyectos de construcción de infraestructuras
  • Costes de apoyo y asesoramiento en materia de innovación tales como consultoría de gestión, asistencia tecnológica,
  • Costes de uso de bancos de datos
  • Costes de publicación y difusión de resultados, 
  • Costes de alquiler de salas, traducción, organización de conferencias, eventos, congresos y seminarios
  • Costes financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, periciales 
  • Etc. 

b) Costes indirectos cuando así se establezca en la convocatoria, entendidos como gastos generales asignados a la actuación, pero que por su naturaleza no puedan imputarse de forma directa.

⏭ Carácter incentivador: estas ayudas tienen efecto incentivador, es decir,  que antes de comenzar la actividad el beneficiario ha tenido que presentar la solicitud de ayuda a la correspondiente convocatoria.

↔ Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva.

✔ Resolución: el plazo máximo de resolución será de seis meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, salvo que la convocatoria difiera sus efectos a una fecha posterior. 

Estas ayudas no se financian con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, sino con el Programa Horizonte Europa (el anterior Horizonte 2020).