Ha sido publicado el proyecto de Orden por las que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021, correspondientes al Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas con el objetivo de modernizar las PYMES españolas.
Como la presentación de alegaciones es hasta el 2 de julio, será a partir de esa fecha cuando se saque la convocatoria.
Las alegaciones podrán remitirse a MINCOTUR (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo) en la dirección de correo: sgprogramasestrategicos@mincotur.es indicando en el asunto: «Plan de modernización de la máquina herramienta de las pequeñas y medianas empresas»
Sólo serán consideradas las alegaciones en las que el remitente esté identificado:
- Nombre, apellidos y DNI del remitente
- Razón Social, Organización o asociación (si corresponde)
- Contacto (correo electrónico)
Acciones de apoyo
Las inversiones realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
- a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;
- b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o
- c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
Beneficiarios
Pymes, con CNAE:
- a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 32
- b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla)
- c) Actividades complementarias a la producción industrial:
o Actividades de envasado y empaquetado a escala industrial encuadradas en la CNAE 82.92
o Actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial incluidas en la CNAE 52.10
o Actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo encuadradas en la división 33 de la sección C de la CNAE, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios directamente a la industria manufacturera (actividades incluidas en las CNAE 10 a 32), a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35 (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36.
Existen varias excepciones:
Tipologías de máquina herramienta
Máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.
Consultar el archivo para entrar en el detalle de cada maquinaria
Dotación: 50 M €
Tipo de ayuda: Subvención
Intensidad de ayuda
- Pequeñas empresas – 20%
- Medianas empresas – 10%
Máximo/máquina – 175.000 €
Máximo/beneficiario – 300.000 €
Presupuesto
El importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable, – 70.000 €.
Plazo de ejecución de las inversiones
Desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 15 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión. Efecto incentivador.
Gastos Subvencionables
Adquisición de máquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva.
Los gastos de instalación (excluida la obra civil) y puesta en marcha no superarán en ningún caso el 15% del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta.