3 de agosto de 2021

Fondo de Apoyo a la Inversión Productiva (Antiguo Reindus) | (CONVOCATORIA hasta que se agoten los fondos)

El Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva (FAIIP) se constituye con la finalidad de prestar apoyo financiero retornable para promover inversiones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo industrial, reforzar la competitividad industrial y mantener las capacidades industriales del territorio.

  1. Beneficiarios

Está dirigido a empresas, en concreto a sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, constituidas con domicilio social y establecimiento en España, que no formen parte del sector público, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño.

  1. Tipo de ayuda

Son 600.000.000 € en préstamos, distribuidos de la siguiente manera:

  • Préstamos Ordinarios: hasta 300.000.000 €.
  • Préstamos participativos: hasta 180.000.000 €.
  • Participación en el capital temporal y minoritaria: Compraventa a término: hasta 120.000.000 €.

 

  1. Proyectos subvencionables
  • Creación de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva.
  • Traslado de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al cambio de localización de una actividad productiva previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  • Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y proceso: realización de actuaciones que permitan la modernización de líneas de producción y proceso existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción y proceso, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud. Con inclusión expresa de la implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.» y de actuaciones en las líneas orientadas a la sostenibilidad ambiental.

 

  1. Gastos subvencionables
    • Serán actuaciones financiables aquellas encuadradas en las actividades cuyos CNAES asociados se detallan en el “Manual del FAIIP”.
    • En ningún caso, su coste podrá ser superior al valor de mercado. Se podrá solicitar al Beneficiario que demuestre este extremo mediante soporte documental (presupuestos, tasaciones, etc.), estableciese una especial vigilancia en materia de adquisición de inmuebles; actuaciones realizadas con medios propios y colaboraciones externas; y transacciones con partes vinculadas o de bienes de segunda mano.
    • En ningún caso se consideran financiables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación (caso del IVA).
    • La financiación del Fondo es de carácter finalista, debiendo destinarse y estando condicionada al efectivo desarrollo del proyecto presentado, así como a su mantenimiento y aplicación al desarrollo de la actividad industrial para el que se concedió durante un plazo mínimo de entre 3 y 5 años en función del plazo de devolución de la Financiación.

 

  1. Plazo de solicitud:

El fondo está abierto permanentemente hasta el agotamiento de fondos.

https://www.sepides.es/fondo_faiip